SE DIO LA ORDENANZA QUE DETERMINA LA OBLIGATORIEDAD DE LAS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS DE FIJAR SU DOMICILIO TRIBUTARIO EN EL RESPECTIVO CANTÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL ESPECIAL AMAZÓNICA DONDE SE ENCUENTRAN OPERANDO Y EJERCEN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA. Para más información lea o descargue el documento PDF de la resolución completa en la parte inferior.